Reclamamos a tu banco

Cargos NO Reconocidos:

Víctimas de estafa, phising, tarjetas robadas o clonadas, descubrimiento de datos por virus informáticos

¿Qué son cargos en cuenta no reconocidos?

Son movimientos realizados en tu cuenta bancaria: compras, transferencias, cargo de recibos, suscripciones etc.; que no tengan tu autorización expresa. Cualquier tipo de cargo en tu cuenta que no puedas identificar.

¿Por qué hablamos de recuperar los cargos no autorizados?

Según la redacción de la Ley 19/2018 de Medios de Pago, que traspone la Directiva Europea; las entidades tienen la obligación de retroceder los cargos no reconocidos al cierre contable del siguiente día hábil al que hayan tenido conocimiento del cargo.

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Somos un despacho de abogados con más de 15 años de experiencia en todo tipo de reclamaciones bancarias

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      Responsable del Fichero:

      Asesoría Busturia Consulting SL Reina María Cristina 10 Getxo (Bizkaia)

      Finalidad:

      Responder a la solicitud de contacto planteada.

      Legitimación:

      Su consentimiento explícito a la hora de enviar este formulario

      Destinatarios:

      Los profesionales encargados del tratamiento de sus dato y los encargados de dar respuesta a su contacto

      Derechos:

      Los recogidos en el RGPD

      Más información:

      Política de privacidad

      ¿Por qué mi banco no me devuelve el dinero?

      Las razones por las que tu entidad se puede negar a devolverte tu dinero son varias. Desde que aprecian actuación fraudulenta por tu parte a negligencia grave de tus obligaciones, especialmente de la conservación y utilización adecuada del instrumento de pago y de la protección de los elementos de seguridad del mismo.

      La Ley establece, para el cliente del medio de pago, tres obligaciones:

      1. Usar el instrumento de pago de conformidad con las condiciones pactadas en el contrato
      2. Tomar las medidas razonables para proteger sus credenciales de seguridad
      3. Notificar sin demora indebida el extravío, la sustracción, la apropiación indebida o la utilización no autorizada

      A esto se agarran las entidades de crédito para justificar que el cargo no se puede aceptar como no reconocido: las condiciones de seguridad establecidas por la entidad (solicitud de pin, validación SMS, códigos de seguridad, aplicaciones telefónicas) han sido cumplidas

      En ese caso, sólo queda la vía judicial para reclamar.

      ¿Qué dicen las sentencias sobre la reclamación de cargos no reconocidos?

      Las sentencias en 1ª Instancia, como era de esperar, iban dando la razón a los bancos; en cuanto a que reconocían que no eran responsables de la actuación criminal de un tercero que haya podido hacerse con las credenciales de seguridad del instrumento de pago; independientemente del procedimiento utilizado: phising, clonación de la tarjeta, etc.

      Los recursos ante las Audiencias Provinciales ya apuntan en otra dirección: muchos casos de phising no justifican una negligencia grave. Ya no estamos hablando del príncipe guineano que enviaba correos electrónicos traducidos con google y, aún así, con faltas de ortografía.

      Estos delitos los comenten grupos profesionales muy preparados, con medios tecnológicos avanzados y ya no es tan fácil evitar caer en sus trampas; con lo que ser víctima entra dentro de lo posible. Las medidas razonables que se pueden exigir a un ciudadano con unos conocimientos medios sobre el tema no son, ni mucho menos, infalibles.

      Las sentencias de esas Audiencias Provinciales están obligando a los bancos a retroceder los cargos no reconocidos y a abonar los intereses judiciales correspondientes (actualmente un 4% anual) más las costas del procedimiento.

      ¿Cuándo me devolverá mi banco los cargos que le reclamo como no autorizados?

      Los bancos no tienen la obligación de devolver todos los cargos que su cliente no pueda identificar. Sólo tienen la obligación de atender tu reclamación y motivar la decisión que tome al respecto: retroceder el cargo o no hacerlo.

      Si tú como cliente no estás de acuerdo con la decisión que toma el banco, puedes seguir reclamando a instancias superiores hasta llegar a los juzgados.

      Solo el juez puede obligar al banco a retroceder un cargo. Y se lo tienes que pedir tú.

      Otras cuestiones que nos plantean nuestros clientes:

      ¿Hasta cuándo puedo reclamar los cargos no reconocidos?

      Aunque la Ley establece un máximo de 13 meses, es obvio que una actuación ágil evitará que te vacíen la cuenta.

      Cuando llamas a la entidad para anular tu tarjeta o bloquear tu banca online, el banco debe informarte de los últimos movimientos realizados y explicarte el proceso para reclamar los que hayan sido sin tu autorización.

      ¿Qué tengo que hacer?

      Lo primero, ponerte en manos de un abogado experto. Las reclamaciones por cargos no reconocidos son todas muy parecidos entre sí y empieza a haber jurisprudencia suficiente para saber si tu caso, concretamente, tiene posibilidades reales de salir adelante. La viabilidad de tu caso se establece en el momento en el que un profesional lo reconoce como uno de los que están ganando sentencias.

      A partir de ahí, sigue sus consejos. Si es un profesional experto, tú tienes todas las de ganar. Además, debes saber que, aunque es un proceso largo, no hay juicios ni vistas. Podrás seguir con tu vida normal hasta que la entidad te devuelva tu dinero con sus intereses y que, además, no te costará nada.

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      Cargos NO Reconocidos

      Si alguien que no eres tú ha realizado movimientos en tu cuenta corriente, independientemente de cómo lo haya conseguido, tu banco debe retrocederlos al cierre contable del día siguiente al que le hayas hecho llegar la advertencia