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Tarjetas y Créditos Revolving

¿Qué son las Tarjetas y los Créditos Revolving?

Vamos por partes. Un crédito es una cantidad de dinero que una entidad financiera pone a tu disposición a cambio de un interés: una cantidad de dinero que debes pagar por ello. Puede poner a tu disposición la cantidad total de una sola vez (te transfiere el dinero a tu cuenta) o establecer un máximo del que puede disponer en el momento en que a ti te parezca oportuno.

La diferencia entre uno y otro es que, en el segundo caso, sólo pagas intereses por la cantidad de la que realmente dispones. Cada vencimiento (normalmente cada mes), devuelves una parte del dinero dispuesto (amortización) y abonas los intereses correspondientes por la cantidad total dispuesta.

La modalidad Revolving es una versión especial de este segundo caso en la que las cantidades pagadas en concepto de amortización se vuelven a convertir en saldo disponible; es decir: no tienen un tope en la cantidad de la que se puede disponer sino un máximo del que se puede haber dispuesto en cada momento. No tienen límite ni temporal ni de cantidad total.

Estas tarjetas y créditos son comercializados por un montón de empresas comerciales: desde gasolineras hasta supermercados, centros comerciales o equipos de fútbol; contando con una entidad financiera detrás: un banco o entidad de crédito; que también puede comercializarlos directamente. Esto se traduce, muchas veces, en una falta de información y de transparencia que se tiene en cuenta en el juzgado.

La modalidad Revolving no es ilegal. Pero mucha gente las contrata sin ser consciente de los peligros de este producto financiero y, además, los intereses que se cobran son muy elevados. Son Usura.

¿Por qué hablamos de Usura en las Tarjetas y Créditos Revolving?

La Usura es un atentado económico. Está definida en una Ley que tiene más de 100 años. Consiste en cobrar un interés desproporcionado por un crédito: muy por encima del precio normal del dinero; hacerlo a personas acuciadas por una situación de urgencia personal, de la falta de conocimientos o, incluso, de la incapacidad del prestatario de lo que el prestamista puede haberse aprovechado.

Las Tarjetas y Créditos Revolving tienen intereses muy por encima del 20%; lo que ha sido considerado Usura por el Tribunal Supremo en sentencia que marca jurisprudencia de Marzo de 2020.

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      ¿A qué se refiere el Tribunal Supremos cuando habla de Usura en las Tarjetas y Créditos Revolving?

      Esa sentencia establece que, para considerar la Usura, no tienen que darse todas las causas que la definen, sino que llega con que se dé una de ellas. En este caso, la comparación del interés cobrado con el precio normal del dinero. Consideró usura un TAE del 27% en comparación con la media del 20% de interés en los créditos de consumo en el momento en que se firmó el contrato.

      Además, como se trata de un atentado económico, anula totalmente el contrato en el que se establecen esos intereses.

      Para resolver ese contrato, se realizan, en paralelo, dos actuaciones:

      • El prestamista debe devolver todo lo cobrado en los sucesivos vencimientos con los intereses judiciales correspondientes.
      • El prestatario debe devolver todo el dinero gastado en las sucesivas disposiciones que haya hecho

      Como es evidente, la diferencia está en los intereses cobrados, que el prestamista deberá devolver, y en los intereses judiciales (alrededor del 4% anual) sobre todo el dinero cobrado en las cuotas de la tarjeta o del crédito.

      ¿Mi entidad me va a devolver el dinero cobrado con Usura?

      La Sentencia del Supremo condena a una entidad en concreto en un caso en concreto. No obliga a esa entidad a devolver el dinero cobrado con Usura; ni a ninguna otra entidad a hacerlo de manera general o “de oficio”.

      Es el cliente el que tiene que reclamar la anulación de su contrato con la entidad. Para esto, sólo hay una vía que es la judicial. Sólo el juez puede anular el contrato.

      Se puede (y se debe) acudir previamente al Servicio de Atención al Cliente de la entidad con esa pretensión. Pero lo más que se puede conseguir es que devuelvan las cantidades cobradas por encima de ese 20% de interés anual que el Tribunal Supremo consideró como media para este tipo de créditos y con el comparó el TAE del caso que sentó jurisprudencia.

      Otras cuestiones que nos plantean nuestros clientes:

      ¿Hasta cuándo puedo reclamar los intereses de usura en mi Tarjeta o Crédito Revolving?

      El contrato es nulo a todos los efectos desde el momento en que se suscribió. Y sigue siendo nulo a todos los efectos sin que ningún plazo pueda hacerlo valido.

      La reclamación no caduca ni prescribe. Podrías reclamar una Tarjeta o Crédito Revolving que ya no tengas, que hayas cancelado hace años; y la entidad estaría obligada a devolverte los intereses exactamente igual y en las mismas condiciones.

      ¿Qué tengo que hacer?

      Lo primero, ponerte en manos de un abogado experto. Los contratos de Créditos y Tarjetas Revolving son todos muy parecidos entre sí y hay jurisprudencia suficiente para saber si el tuyo, concretamente, tiene posibilidades reales de salir adelante. La viabilidad de tu caso se establece en el momento en el que el profesional que elijas estudia tu contrato y lo reconoce como uno de los que están ganando sentencias.

      A partir de ahí, sigue sus consejos. Si es un profesional experto tú tienes todas las de ganar. Tienes que saber que, aunque es un proceso largo, no hay juicios ni vistas. Podrás seguir con tu vida normal hasta que la entidad te devuelva el dinero con sus intereses judiciales y, además, no te costará nada.

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      Si la TAE que pagas por tus créditos superó el 20%, tu contrato no es válido: puedes anularlo y reclamar todo lo que hayas pagado por cualquier concepto desde el momento de la firma.